Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro
Una de las propuestas del Ayuntamiento de Quart de Poblet para fortalecer la red asociativa en el municipio, en el marco de la nueva ley, se manifiesta a través de la firma de convenios de colaboración con las asociaciones para la gestión de determinados proyectos y actividades de interés público. Además de la convocatoria de varias concurrencias competitivas en diferentes ámbitos de actuación.
Normativa
Ley 38/2003 General de Subvenciones
RD 887/2006 Reglamento General de Subvenciones
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ordenanza Municipal de *Subvenciones
Quién lo puede solicitar
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro
Documentación a aportar
Si es convocatoria por concurrencia competitiva, aparte de la instancia la documentación que se requiera en las bases.
Requisitos a cumplir
Asociaciones y entidades sin finalidad de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Quart de Poblet.
Dónde solicitarlo
A través de la Sede electrónica del Ayuntamiento con certificado de representante de entidad.