Escolarización sobrevenida y fuera de plazo
La matrícula en las escuelas está viva, puesto que la movilidad de las personas de unos países a otros y de unas comunidades autónomas a otras es una realidad. Las personas tienen derecho a un lugar escolar gratuito que los garantice, en condiciones de igualdad y calidad, la enseñanza básica y el segundo ciclo de Educación Infantil, en su propio municipio o zona de escolarización establecida. Este derecho se corresponde con la obligatoriedad de su escolarización en un centro docente durante la enseñanza básica, que comprende de los 6 a las 16 años.
Es necesario solicitar cita previa para realizar la entrevista de acogida a la familia.
La documentación que la familia tendrá que aportar es:
1. Certificación EMPADRONAMIENTO de la unidad familiar (a solicitar en el Ayuntamiento).
2. DNI, Pasaporte o Tarjeta Residencial de padre/madre o tutor/a legal y del menor a escolarizar.
3. Libro de Familia, Partida de nacimiento u otro documento que acredite la filiación del menor.
4. En caso de Divorcio o Separación, copia de la última sentencia en la cual conste a qué cónyuge se atribuye la Guardia y Custodia y la Patria Potestad (tanto para la solicitud de Baja como para la Matrícula se requiere el consentimiento de padre y madre en los casos de Patria Potestad conjunta).
5. Certificado de promoción y notas del curso anterior.